La cuenta bancaria es uno de los productos financieros más utilizados en nuestro país, ya que su principal función consiste de depositar el dinero físico de los clientes para su movimiento y administración. No obstante, cuando fallece el titular de estas cuentas, será necesario cerrar aquellas que tenga abiertas, ya que sino estas seguirán generando comisiones año tras año o incluso se podrán seguir cargando recibos en las mismas. Esta gestión le corresponde a los propios herederos en caso de que acepten la herencia, ya que tendrán interés en obtener información sobre dichas cuentas o incluso para realizar la adjudicación de su saldo.
Antes de nada, lo primero que los herederos deben saber es si el fallecido tenía una o más cuentas bancarias. Para ello, acudir a la Administración Tributaria será lo "más aconsejable", tal y como explican desde la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin), ya que es donde las entidades bancarias deben comunicar las cuentas del fallecido. Asimismo, al realizar esta comprobación, esta persona también podrá saber si existen las deudas pendientes y el saldo de la cuenta una vez haya demostrado su condición de heredero.