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02 December 2022

El ex mototaxista Martín “N” pasará 15 años en la cárcel, luego de que fue encontrado penalmente responsable del delito de violación equiparada agravada contra un menor de 13 años en Muxupip.

Los hechos sucedieron la noche del 3 de septiembre de 2019, cuando el menor iba a su casa después hacer una tarea escolar, y se percató de que el encausado lo estaba siguiendo.

 

El menor entró a casa de su abuela y tras un rato, decidió salir para irse a su domicilio, pero en la puerta se encontró con el acusado, quien ejerciendo violencia física y moral, le impuso la cópula.

 

En ese acto fue sorprendido por el tío del menor, quien intentó retenerlo, pero el imputado se dio a la fuga en su mototaxi, lográndose su detención posteriormente.

Por lo anterior, M.L.Ch.C. fue sentenciado a 15 años, dos meses y 15 días de prisión.

 

Asimismo, se le sentenció al pago de 100 mil pesos en concepto de reparación del daño moral, dejando pendiente la cantidad a pagar por la reparación del daño material.

Al penal por violencia familiar en Mérida

En otro caso, la Fiscalía General del Estado aportó los datos de prueba que permitieron obtener la vinculación a proceso de C.G.M.Ch. por el delito de violencia familiar, denunciado tras los hechos ocurridos en agravio de su pareja sentimental en la colonia Roble Agrícola III, de Mérida.

 

Los hechos ocurrieron el 23 de noviembre del año 2019, cuando el acusado ejecutó actos abusivos de poder en agravio de su pareja, a quien agredió física y psicológicamente, por lo que se presentó la formal querella que derivó en la causa penal 360/2022.

 

La jueza Segunda de Control valoró los datos y elementos aportados por los fiscales de litigación, los cuales consideró suficientemente probatorios del delito imputado, por lo que decretó el auto de vinculación citado y otorgó además un plazo de un mes para el cierre de la investigación complementaria, tiempo durante el cual se continuará con la indagatoria.

Por último, fueron ratificadas las medidas cautelares impuestas en la audiencia previa, las cuales consisten en acudir a firmar periódicamente al Centro Estatal de Medidas Cautelares, debe someterse al cuidado y vigilancia del citado Centro, tiene prohibido salir del Estado sin autorización judicial y tampoco deberá acercarse a la víctima o su domicilio por todo el tiempo que dure el proceso.

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